domingo, 23 de noviembre de 2014

Reflexión de un Pequeño Comerciante

REFLEXIÓN DE UN PEQUEÑO COMERCIANTE...

"Estimados amigos,

He decidido escribiros estas líneas a fin de poder explicaros directamente el motivo por el cual yo, Bernat Coll, cerraré mañana mi comercio, el cual abro cada día desde hace mas de 35 años. Y nunca, nunca, me hubiera imaginado llegar hasta aquí, en una jornada como la de mañana, en la que haré Huelga.

Si os escribo no es en condición de Presidente de Pimeco, sino como ciudadano y empresario mallorquín angustiado por la situación en la que nos encontramos y por el futuro que nos espera.

Como comerciante, durante los últimos años hemos sido uno de los sectores que más ha sufrido esta atroz crisis que tanto daño nos ha hecho y nos lo  sigue haciendo. Y es que para muchos de nosotros ya no se trata de apretarse el cinturón para llegar a final de mes, sino que, por desgracia, nos encontramos en una situación extrema en la que lo que está en juego es nuestra propia subsistencia.

Como persona y ciudadano tengo, tenemos, el derecho de poder vivir con dignidad. Y es que los más de cinco millones y medio de parados, las más de 400.000 familias que han sido desahuciadas o la caída en picado del consumo, entre otras muchísimas más cosas que sería largo enumerar, son señales innegables de que, o encontramos una forma mejor de hacer las cosas, o toda nuestra lucha por nuestros derechos sociales, civiles, económicos y políticos se irá al garete. Y esto, sin ninguna duda, no es el futuro que deseo para mí, ni para mis trabajadores, ni para nuestras futuras generaciones.

Es por ello por lo que creo que esta Huelga General va más allá de la tradicional división entre empresarios y trabajadores, patronal y sindicatos… Se trata más bien de una acción legítima en contra de las políticas que nos están destruyendo a todos.

En definitiva, quienes acudáis a la manifestación convocada en la Plaza de España de Palma, mañana a las 18 h., allí me encontraréis, defendiendo lo que como empresario del comercio y persona, he tardado tantos años en tener."



En Palma a 13 de noviembre de 2012



Bernat Coll i Fiol


Empresario de comercio.



Texto tomado de...

Porque son importantes los Comerciantes en la sociedad

Porqué son importantes los Comerciantes en la Sociedad...
“El comercio es tan antiguo como la sociedad” los primeros hombre tuvieron la necesidad de explotar los recursos para satisfacer sus necesidades vitales, tales como su alimentación, su refugio, y sudefensa de los animales salvajes. Posteriormente se organizaron en sociedades y esto trago nuevas necesidades como la organización territorial, el vestuario, y las demás necesidades de factorprimario para la satisfacción humana. Y es aquí donde aparece el comerciante.




Personas 393El comerciante aparece en las primeras sociedades y desde entonces a tenido una gran importancia en nuestras sociedadesactuales ofreciendo y/o comprando bienes y/o servicios pero ¿Quién es comerciante y cuales son sus obligaciones? . La ley nos dice que comerciante es toda persona natural o jurídica queprofesionalmente se ocupe de alguna de las actividades mercantiles establecidas por la ley, según lo anteriormente mencionado podemos deducir que cualquier persona es o puede ser comerciante pero tenemos queaclarar que no todos somos comerciantes profesionales.



Texto tomado de...

Requisitos legales que deben cumplir los comerciantes.



REQUISITOS LEGALES QUE DEBEN CUMPLIR LOS COMERCIANTES

ESTOS SON LOS REQUISITOS LEGALES QUE DEBE CUMPLIR TODO COMERCIANTE, DE ACUERDO A LA CLARIDAD HECHA POR LA LEY 962 DE JULIO DE 2005.

1- Concepto de usos de suelo, el cual debe ser expedido por la oficina de planeacion. Este concepto solo se expide cuando se abre un establecimiento de comercio por primera vez, una vez expedido no cambia a no ser que sea modificado el POT (Plan de ordenamiento territorial). Por lo tanto no es necesario renovarlo cada año.

2- Cumplir con las condiciones sanitarias descritas por la Ley 9a de 1979 y demás normas vigentes sobre la materia. La LEY 962 de 2005 en su articulo 27, aclara de una vez por todas y de manera tajante indica que solo se deben cumplir las condiciones sanitarias y que por esto ninguna autoridad podrá exigir el pago de certificado alguno, ni siquiera para la apertura de un nuevo establecimiento de comercio.

3- Comprobante de pago de derechos de autor Sayco-Acimpro. Este requisito solo lo deben de cumplir aquellos establecimientos que obtengan un beneficio económico de la ejecución de música en sus establecimientos, tales como bares, tabernas, licoreras, discotecas… en fin aquellos que obtengan beneficio con la utilización de la música. La LEY 962 de 2005 en su artículo 84 autoriza al pequeño comerciante para utilizar la música SIN TENER QUE PAGAR DERECHOS DE AUTOR, ya que este no obtiene lucro alguno con su utilización. Este beneficio supone la protección de establecimientos como restaurantes, cafeterías, panaderías, supermercados, tiendas, cacharrerias, almacenes de todo tipo, comidas rápidas, oficinas, salones de belleza… en fin, todo aquel que no obtenga ingresos con la utilización de la música.

4- Tener matrícula mercantil vigente de la Cámara de Comercio del Oriente Antioqueño, la cual debe ser renovada antes del 31 de marzo cada año.

5- Para la apertura de un establecimiento de comercio por primera vez se debe comunicar en las respectivas oficinas de planeación o quien haga sus veces de la entidad territorial correspondiente, para la apertura de establecimientos.


Documentos Comerciales



DOCUMENTOS COMERCIALES


Nota de pedido o de compra 

Remito 

Factura 


Nota de débito 


Nota de crédito 


Cheque 


Recibos 

Pagaré







Los documentos comerciales son todos los comprobantes extendidos por escrito en los que se deja constancia de las operaciones que se realizan en la actividad mercantil, de acuerdo con los usos y costumbres generalizados y las disposiciones de la ley. Estos son de vital importancia para mantener un apropiado control de todas las acciones que se realizan en una compañía o empresas. 

Su misión es importante ya que en ellos queda precisada la relación jurídica entre las partes que intervienen en una determinada operación. También ayudan a demostrar la realización de alguna acción comercial y por ende son el elemento fundamental para la contabilización de tales acciones. 

Finalmente estos documentos permiten controlar las operaciones practicadas por la empresa o el comerciante y la comprobación de los asientos de contabilidad. 

La misión que cumplen los documentos comerciales es de suma importancia, conforme surge de lo siguiente: 

· En ellos queda precisada la relación jurídica entre las partes que intervienen en una determinada operación, o sea sus derechos y obligaciones. 

· Por lo tanto, constituyen un medio de prueba para demostrar la realización de los actos de comercio 

· Constituyen también el elemento fundamental para la contabilización de dichas operaciones. 

· Permiten el control de las operaciones practicadas por la empresa o el comerciante y la comprobación de los asientos de contabilidad. 

Utilidad: 

Son una constancia de las operaciones realizadas. 

Constituyen la base del registro contable de las operaciones realizadas. 

Clasificación: 
Externos 
Internos De uso interno 
De uso externo 

Los comprobantes externos son aquellos emitidos fuera de la empresa y luego recibidos y conservados en la empresa. Ej.: facturas de compras, recibos de pagos efectuados, etc. 

Los comprobantes internos son los documentos emitidos en la empresa que pueden entregarse a terceros o circular en la misma empresa. Ej.: facturas de ventas, recibos por cobranzas, presupuestos, vales. 

Por otra parte, no solamente se registran los documentos comerciales: los instrumentos públicos (escrituras, hipotecas) y privados (contratos de arrendamiento, depósito) y cualquier comprobante que sea respaldo de una registración contable, es fuente de información (planillas de sueldos, informes). 


Obligados a emitir documentos comerciales: 
Quienes comercializan cosas muebles. 

Quienes comercializan o prestan servicios. 

Quienes se dedican a la locación de bienes. 

Conservación: 

Los documentos comerciales deben ser conservados por diez años contados desde la fecha de emisión del documento. 

Comprobantes que intervienen en: 

CONCERTACIÓN DE LA OPERACIÓN 

Orden de compra o Nota de pedido 

Nota de venta 

DESPLAZAMIENTO DE LA MERCADERÍA 

Remito 

Factura 

Ticket 

CIRCULACIÓN DE VALORES 

Contado: Cheque 

Crédito: Recibo 

Nota de débito 

Nota de crédito 

Resumen de cuenta 

Pagaré 


Nota de pedido o de compra 

Es un documento mediante el cual una persona o empresa formula un pedido de compra a un comerciante. Este documento comercial no obliga a realizar la operación. 

Deberán extenderse cómo mínimo dos ejemplares: uno que queda en poder del que lo suscribió (comprador) y otro, que es el que se entrega o envía al vendedor. 

Nota de ventas 

Se llama nota de venta al documento comercial en el que el vendedor detalla las mercaderías que ha vendido al comprador, indicando, cantidad, precio, fecha de entrega, forma de pago y demás condiciones de la operación. 

Aceptado el pedido por parte del vendedor, este formula la Nota de Venta, por la que toma a su cargo el compromiso de entregarle la mercadería que se detallan en la misma, y el comprador se obliga a recibirlas. Este documento comercial obliga a ambas partes a realizar la operación en los términos establecidos. 

Remito 

Se utiliza este comprobante para ejecutar la entrega o remisión de los bienes vendidos. En él, la persona que recibe esos bienes deja constancia de su conformidad, y con ello queda concretado el derecho del vendedor a cobrar y la obligación del comprador a pagar. Sirve de base para la preparación de la factura. 

El remito se extiende por triplicado: el original firmado por el vendedor se entrega al adquirente; el duplicado, con la conformidad del comprador por los efectos que los ha recibido, queda en poder del vendedor y se destina ala sección facturación para que proceda ala emisión de la factura. Por último el triplicado permanece en la sección depósito par constancia de las mercaderías salidas. 

Factura 

Es la relación escrita que el vendedor entrega al comprador detallando las mercancías que le ha vendido, indicando cantidades, naturaleza, precio y demás condiciones de la venta. 

Con este documento se hace el cargo al cliente y se contabiliza su deuda a favor del vendedor. Para el comprador es el documento que justifica la copra y con su contabilización queda registrado su compromiso de pago. 

Como mínimo la factura debe extenderse por duplicado. El original queda en poder del comprador y el duplicado queda para el vendedor y con el se contabiliza la venta y el cargo al comprador. 

La factura es el documento principal de la operación de compraventa con ella queda concretada y concluida la operación y es un documento de contabilidad y medio de prueba legal 

Requisitos: 

Respecto del vendedor: 


Nombre y apellido, o razón social. 

Domicilio legal. 

Clave única de identificación tributaria (C.U.I.T.). 

Número de inscripción en el Impuesto a los Ingresos Brutos. 

Condición respecto al Impuesto al Valor agregado. 

Fecha de emisión 

Numeración preimpresa, consecutiva y progresiva. 

Código de identificación del documento (A, B o C). 

Fecha de inicio de las actividades en el local habilitado para las ventas. 

Respecto del comprador: 

Nombre y apellido, o razón social. 

Domicilio. 

Condición respecto del IVA. 

Clave única de identificación tributaria. 

Número de inscripción en los ingresos brutos. 

Respecto de la mercadería vendida: 

Cantidad y descripción. 

Precio unitario. 

Importe total. 

Condiciones de venta. 

Número de remito. 

Respecto de la imprenta: 

Nombre y apellido, o razón social. 

Clave única de identificación tributaria. 

Fecha en la que se realizó la impresión. 

Primero y último números de los documentos impresos. 

Número de C.A.I. (Código de Autorización de Impresión). 

Fecha de vencimiento. 

Nota de débito 

Llámase así a la comunicación que envía un comerciante a su cliente, en la que le notifica haber cargado o debitado en su cuenta una determinada suma o valor, por el concepto que la misma indica. Este documento incrementa la deuda, ya sea por un error en la facturación, interés por pago fuera de término, etc. 

Varios son los casos en que se utiliza este documento, siendo algunos los siguientes: 

En los bancos: cuando se carga al cliente de una comisión o sellado que se aplicó a un cheque depositado y girado sobre una plaza del interior. 

En los comercios: cuando se pagó el flete por envío de una mercadería; cuando se debitan intereses, sellados y comisiones sobre documentos, etc. 

Nota de crédito 

Es el documento en el cual el comerciante envía a su cliente, con el objeto de comunicar la acreditación en su cuenta una determinada cantidad, por el motivo expresado en la misma. 

Algunos casos en que se emplea: roturas de mercaderías vendidas, rebajas de precios, devoluciones o descuentos especiales, o corregir errores por exceso de facturación. 

Cheque 

Llámase cheque a una orden de pago pura y simple librada contra un banco en el cual el librador tiene fondos depositados a su orden en cuenta corriente bancaria o autorización para girar en descubierto. 

Como queda dicho el cheque es una orden de pago, no una promesa de pago como el caso del pagaré; entonces se deduce que debe ejecutarse por el banco a la presentación del documento con las modalidades particulares establecidas para cada tipo de cheque. 

Modos de extender un cheque. 

a) al portador 

b) a favor de una persona determinada, con la cláusula "a la orden o sin ella". 

c) a favor de una persona determinada, con la cláusula "no a la orden u otra equivalente". 

Recibos 

El recibo es una constancia de pago o de haber recibido dinero. Lo otorga siempre el que recibe y su firma puesta al pie es la prueba de la extinción parcial o total de la deuda. 

Pagaré 

Llamase pagaré al documento por el cual una persona se compromete a para a otra, o a quien ésta indique, una suma de dinero determinada, en una fecha establecida y en un domicilio estipulado. 

Resumen de cuenta 

Es usual remitir a los clientes a fin de cada mes un resumen de su cuenta, con la finalidad de: 

Comprador: le permite cotejar el saldo pendiente de pago que figura en el resumen de Cuenta con el que surge de sus propios registros. 

Vendedor: es una forma de recordarle al cliente el saldo pendiente.



Texto tomado de...

Tipos de comerciantes

Personas 414Personas 412


Tipos de Comerciantes y sus obligaciones.






Existen 2 tipos y estos son:


Comerciante Individual: Son las personas naturales que hacen actos de comercio masivos.

Personas 421

Comerciante Social: Es el comerciante que en su entidad social que la conforman por dos o más personas en un contrato en el que ponen de acuerdo bienes o actividades para repartirse los beneficios del negocio al cual van a dedicarse.

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SUS OBLIGACIONES 

Las más importantes son:

Municipales...

Presentar declaración de capital en formulario que la misma Municipalidad proporciona

Pagar la patente del negocio.

Pagar los derechos publicitarios (carteles, letreros, etc.)

Sanitarias...

Mantener al día la autorización sanitaria del funcionamiento del negocio.

Respetar las disposiciones legales contempladas en el reglamento Sanitario.

Contables...

Llevar los libros de contabilidad que exige el Código de Comercio (Diario mayor e inventario y Balances).

Llevar otros libros de contabilidad que complementes los anteriores.




Comercio


Personas 381Comercio...


 El comercio es una fuente de recursos tanto en el país como personal y empresarialmente. Existen varios tipos de comercio y comerciantes, ambas son referentes a diferentes definiciones.


En el comercio existen 8 tipos y son:

Comercio mayorista o Al por mayor: Es una actividad de compra-venta en la que el comprador no es el consumidor final del producto si no que hace venta de este a otros comerciantes o empresas para uso de materia prima en sus transformaciones de productos o mercancías.


Personas 391

Comercio minorista o al Por Menor: Es la acción de compra-venta de mercancías cuyo comprador es el consumidor final del producto.
Gifs Animados Profesiones (13)

Comercio interior: El que se realiza entre personas en el mismo país.


Comercio exterior: El que se realiza entre personas de un país y otro.


Comercio terrestre, fluvial, aéreo, marítimo: Hacen referencia al transporte de la mercancía.


Comercio por cuenta propia: El que se realiza para sí mismo.

Personas 408
Comercio por comisión: El que se realiza para otro.

 

Comercio electrónico: Es la actividad por medio electrónico de intercambio de bienes, información o servicios.


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